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Ley 21.690 Introduce modificaciones al Código del Trabajo en materia de inclusión laboral

Doña/ Riveaux

30 ago 2024

El pasado sábado 24 de agosto se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.690 que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez.

Entre las modificaciones que se incorporan al Código del Trabajo, se encuentras las siguientes:


  • Agrega menciones mínimas al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad: Se deben agregar al reglamento las medidas de accesibilidad, realización de ajustes necesarios y prevención de conductas de acoso hacia los trabajadores con discapacidad y/o asignatarios de una pensión de invalidez. 

  • Se aumenta el porcentaje de personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez que deben contratar las empresas con más de 100 trabajadores de un 1% a un 2%. 

  • Cumplimiento subsidiario: Celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad. Se agregan las siguientes reglas: 

    • Los trabajadores con discapacidad de la empresa con la que se contrata deben prestar servicios de manera efectiva para la empresa obligada.

    • Para determinar si se cumple el porcentaje, se debe considerar el total de trabajadores de la empresa obligada más los trabajadores con discapacidad que prestan servicios a través de la empresa con la que se contrata. 

    • Si ambas empresas se encuentran obligadas a contratar el 1%-2%, la empresa principal sólo podrá considerar el número de trabajadores que excedan el número que exige la Ley a la empresa con la que se contrata.

  • Cumplimiento subsidiario: Donaciones. Se agrega lo siguiente: 

    • Se modifican las instituciones, proyectos y programas a los que pueden dirigirse las donaciones. 

    • Las empresas obligadas no podrán destinar más del 50% de los recursos que deban donar a una única institución. 

    • Los recursos deben donarse, al menos, a un proyecto o programa a ejecutar en una región distinta a la Región Metropolitana.

  • Sanciones en caso de incumplimiento al porcentaje: 20 UTM en el caso de medianas empresas y 30 UTM en el caso de grandes empresas. Se aplica por cada mes de infracción y respecto de cada persona que debió ser contratada. 


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